Esto es lo que puedes hacer, y los plazos que ya están corriendo. Una negativa del SAT no es el final del camino, pero los plazos para defenderte son cortos y no se pausan por nadie.
Si eres productor agrícola, ganadero, silvícola o pesquero, o diriges una empacadora o agroindustria exportadora, tus ventas están gravadas a la tasa 0% del IVA. Mes con mes acumulas saldos a favor por el IVA que pagas a proveedores, y ese dinero es tuyo.
La ley te da derecho a recuperarlo mediante la solicitud de devolución (ficha 71/CFF), incluso con un plazo preferente de 20 días hábiles para el sector agropecuario (regla 2.3.3 de la RMF).
El problema: cada vez con más frecuencia, el SAT detiene esas devoluciones con requerimientos de información, las niega parcial o totalmente, o tiene al contribuyente por desistido.
Un requerimiento contestado a medias o fuera de plazo tiene una consecuencia brutal: el SAT te tiene por desistido de tu solicitud, aunque tu saldo a favor sea completamente legítimo.
Te excluye automáticamente de la vía rápida de 20 días y el trámite pasa a la vía tradicional de 40 días, con mayor escrutinio.
Si algún proveedor tuyo aparece en las listas de operaciones presuntamente inexistentes, el SAT niega de plano el IVA amparado en sus facturas.
Emisión de CFDI falsos: el acreditamiento de ese IVA se considera improcedente.
Propio o de proveedores relevantes.
O con medios de contacto erróneos. Notificaciones que no ves detonan desistimiento.
Regla 2.3.4 de la RMF: improcedencia directa, aunque el saldo sea real.
El SAT abre una revisión de fondo y se pierde el beneficio del plazo corto. Aquí se juegan los montos grandes.
El SAT exige probar que las operaciones realmente existieron — contratos, bitácoras, entregas, pagos rastreables.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa ha resuelto una y otra vez contra prácticas recurrentes del SAT en esta materia. Criterios clave:
Si tus CFDI cumplen los requisitos de los Arts. 29 y 29-A del CFF, las omisiones fiscales de terceros no son trasladables a ti (jurisprudencia 2a./J. 87/2013 de la SCJN).
La Ley del IVA no establece esos requisitos; el Tribunal ha declarado ilegales las negativas basadas en ellos (jurisprudencia VIII-J-SS-168).
Si el SAT resuelve sin darte oportunidad de aportar información, procede la nulidad por violación al procedimiento.
El Tribunal atiende a la naturaleza y finalidad del bien (Art. 2-A LIVA) — criterio decisivo para fertilizantes, coadyuvantes y equipo al campo.
La otra cara: cuando el contribuyente no logra probar la materialidad o presenta documentos sin fecha cierta, el Tribunal confirma la negativa. La mitad de estos casos se ganan en el juicio; la otra mitad se ganan —o se pierden— en cómo se contesta el requerimiento. Por eso la contestación debe prepararse con estándar de litigio desde el primer día.
Primer o segundo requerimiento, aclaración, negativa total o parcial, desistimiento. Y la fecha legal de notificación.
Márcalo con alerta en calendario. Los días festivos y suspensión de labores del SAT también cuentan.
Lo que declares hoy te ata en el juicio de mañana. Ningún escrito debe presentarse sin estrategia definida.
CFDI, pagos, contratos, bitácoras, evidencia de entrega. La contestación se sostiene con documentación concreta y datable.
Verificación directa en el portal del SAT. Un proveedor en listado presunto puede afectar la solicitud completa.
La contestación debe prepararse con estándar de litigio desde el primer día — no como trámite contable.
Él lleva tu contabilidad y tramita tus devoluciones. La defensa legal es una cancha distinta: requerimientos con consecuencias procesales, recursos de revocación y juicios ante el TFJA.
En UnCommon Legal trabajamos en equipo con el contador del cliente, nunca en su lugar: él tramita, nosotros defendemos.
30 días hábiles a partir de que surte efectos la notificación, sea por recurso de revocación o por juicio de nulidad ante el TFJA.
Puedes, pero si no se corrige la causa de la negativa, la segunda suele correr la misma suerte — y las negativas acumuladas pueden excluirte del beneficio del plazo de 20 días en solicitudes futuras.
El SAT te tiene por desistido de la solicitud. El saldo no se pierde de fondo, pero recuperar el camino cuesta más tiempo y más defensa.
Los juicios de nulidad en esta materia van desde saldos de decenas de miles hasta varios millones de pesos por solicitud. En una revisión de 20 minutos se puede dimensionar la viabilidad y el costo-beneficio de tu caso concreto.
Hemos ganado más de 1,000 juicios ante el TFJA en devoluciones de IVA del sector agropecuario.
La revisión inicial es sin costo y confidencial.
Los pasos concretos que debes ejecutar antes de responder al SAT — en un PDF descargable.