Diseñamos la estrategia legal exacta para que el SAT te devuelva el IVA de tus gastos de instalación, maquinaria y contratos iniciales
El periodo preoperativo es el lapso anterior al inicio de actividades gravadas, con máximo de 60 meses. Durante este tiempo puedes solicitar devolución del IVA trasladado en gastos, inversiones, construcción y servicios destinados a la futura actividad gravada. Aplica para:
Durante el periodo preoperativo cada peso de IVA acreditable es capital de trabajo congelado. La ley reconoce el derecho a devolución o acreditamiento, pero el SAT lo trata como regla especial de alto riesgo y exige pruebas extraordinarias de viabilidad, plan de negocios, proyecciones, permisos, financiamiento y cronograma.
Tres obstáculos típicos: (i) exige que demuestres "intención y capacidad" de realizar actividades gravadas futuras; (ii) cuestiona la materialidad del proyecto y de los pagos realizados; (iii) invoca el plazo de 60 meses del Art. 5 fr. VI LIVA para rechazar ajustes si el inicio se retrasa.
Escenario típico: desarrollador hotelero con inversión acumulada de $400M, IVA acreditable de $64M en 36 meses. SAT niega devolución por supuesta falta de "certeza de inicio de operaciones". Defensa revierte la negativa con plan de negocios, financiamiento bancario, contratos y cronograma.
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